Durante el segundo cuatrimestre del curso 2013-2014, de la asignatura Monográficos de Proyectos impartida en la E.T.S. de Arquitectura de la UGR, se desarrolló una investigación que concluyó con la redacción del artículo “HABITAR EL LITORAL: EXPANSIÓN URBANA, DEMOGRÁFICA Y CALENTAMIENTO GLOBAL. CASOS DE PLANES Y PROYECTOS DE ANDALUCÍA, GALICIA Y CATALUÑA”, para la revista científica La Ciudad Viva. Los autores fueron: Silvia DEL CAÑO, Carolina OLDENBOURG, Sandra PEREA, Elaura PÉREZ, José María ROMERO.
La actualidad del planteamiento queda patente por los acontecimientos que se viven en el Mediterráneo, fuente de conflictos cruzados enquistados en el tiempo: paraíso de los pudientes y al mismo tiempo cementerio de poblaciones desesperadas.
Se presentan extractos de dicho trabajo y su derivación en una serie de posts en este blog.
Puedes leer el primer post aquí
El planeamiento del litoral español -de unos 7.800km-, presenta en los planes litorales de protección de Andalucía y de ordenación de Galicia dos versiones diferentes de entender el planeamiento, el lugar y el litoral, por su atención al presente inmediato o al futuro. Así, proponen dos enfoques distintos: el primero de carácter defensivo y pragmático, y el segundo, a más largo plazo, que piensa el litoral como hábitat, es decir, como lugar en donde se producen formas de vida interrelacionadas entre sí (Figuras 1 y 2).
Figuras 1 y 2. Comparación de los ámbitos de competencia de los planes de los litorales andaluz (500m) y gallego (paisaje litoral variable sobre cuencas fluviales) (Fuentes: elaboración propia sobre PPCLA, 2015 y POLG, 2011).
El plan sobre el litoral andaluz (2015)
El Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía (PPCLA, 2015), en su aprobación final el 26 de Mayo de 2015, es un documento defensivo, que pretende parar el grave proceso de ocupación de la costa, antes de su pérdida definitiva, pues más de la mitad de la costa andaluza está alterada de manera importante. Se excluyen de cualquier ordenación los suelos urbanos, consolidados o no, y los terrenos calificados como sistemas generales portuario y aeroportuario, y se restringe sólo a la protección de los terrenos urbanizables y no urbanizables, dentro de su área de actuación.
Se limita a la intervenir en los 500m de corredor litoral que fija la Ley de Costas. Y se incluyen en el ámbito del Plan los suelos correspondientes a los terrenos próximos a las desembocaduras de los ríos sólo si se reconoce la acción directa de las mareas. Asimismo se incluyen los suelos correspondientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos, pero su ordenación y gestión se hará de conformidad con los correspondientes instrumentos regulados por la normativa ambiental.
La costa andaluza tiene una longitud 859 kilómetros (de los que el 35,85% están protegidos). El tsunami demográfico y urbanizador se puede resumir en que la población de los municipios del litoral de Andalucía -que era de 3.017.829 habitantes en 2011-, aumentó el 22,50% (554.021 hab.), en los últimos 10 años; y entre los años 2007 y 2010 -ya en plena crisis-, en 112.115 habitantes, mientras que en el interior disminuyó en 8.442. La ocupación de la franja costera en los primeros 500m es del 29% del total con una superficie de 17.740has (en la Costa del Sol en el periodo 2000-2006 la superficie artificial de los 10km de franja costera aumentó en unas 5.000ha).
El modelo de estilo de vida asociado se puede reconocer en los 76 campos de golf y 42 puertos deportivos con 16.656 atraques que existen. Las pernoctaciones en establecimientos hoteleros del litoral andaluz fueron de 29.367.255 en el año 2011. Las viviendas secundarias en el ámbito del plan ascendían a 336.732 viviendas en ese mismo año. En los 500m de toda la longitud del plan hay previstas construir ahora mismo 187.000 viviendas (en suelo urbanizable ordenado y programado). En los municipios litorales, la superficie de suelo urbanizable es de 30.000ha, para 600.000 nuevas viviendas (la ciudad de Málaga tiene actualmente unas 4.000ha y unos 570.000 hab.).
Figuras 3. Ficha de ordenación del PPCLA (ámbito de 500m) (Fuente: PPCLA, 2015)
Ante esta situación, los objetivos del PPCLA se dirigen en el ámbito específico de actuación a: (1) «preservar de urbanización (zonas con) valores ambientales», (2) «evitar la consolidación de nuevas barreras urbanas», (3) «armonizar la regulación del suelo no urbanizable», (4) «favorecer la biodiversidad y a través de la continuidad» del interior y el litoral, y (5) «propiciar el litoral como recurso turístico». Entre los objetivos, sólo aparece el valor del territorio como potencia a favorecer en el apartado 4. Sin embargo, la protección de los 500m de litoral desde el punto de vista urbanístico es considerada acertada, y por ello aparece como la única zona de la costa española protegida verdaderamente desde un punto de vista jurídico (Greenpace, 2013) (figuras 3 y 4)
Figuras 4 y 5. Lo peor y lo mejor de la costa española (Fuente: Greenpeace, 2013)
El plan sobre el litoral gallego (2011)
El Plan de Ordenación del Litoral de Galicia (POLG, 2011), plantea sobre sus 1.498 kilómetros una visión radicalmente diferente al de Andalucía. Reconoce su origen en el Convenio Europeo del Paisaje y describe su fundamento -en lugar de planificar un territorio según un ordenamiento jurídico-, en acercarse al conocimiento profundo del territorio, con una idea autopedagógica importante. Para ello, lo primero que hace es -a diferencia de las definiciones estáticas de «zonning» del planeamiento convencional-, definir el territorio mediante unidades de paisaje de litoral asociados con sus ecosistemas, describiendo los procesos y las dinámicas de «cohabitación» y las «inteligencias compartidas» que se generan entre presencias geofísicas, faunísticas, vegetales y humanas.
Figuras 6. Ficha del POLG (ámbito litoral variable de cuencas fluviales) (Fuente: POLG, 2011)
El cuidado extremo por el medio se entiende porque se definen 642 unidades de paisaje (Figura 7), que se extienden en una superficie de 215.359has. que contienen 3.697 entidades de población, con casi 1.300.000 habitantes (46% de la población de Galicia y el 3% de España) (Jaque, 2013).
Figura 7. Ficha de tipos de paisajes prelitorales (Fuente: POLG, 2011)
El plan no se limita a los 500m de litoral que fija la Ley de Costas -como hace el andaluz-, sino que entiende el paisaje del litoral como todo el territorio relacionado con el mar, con ámbitos prelitoral y litoral (Figura 7). Por ello, la delimitación del paisaje litoral abarca hasta las cornisas de los montes y sierras que abrazan las cuencas fluviales que vierten al mar (una manera de entender el territorio similar a la que proponía Geddes (1915) hace más de un siglo, y que sigue las recomendaciones del Libro Blanco español citado (Figuras 8 y 9).
Figuras 8 y 9. Ejemplos de ámbitos prelitoral y litoral estudiados en el POLG (Fuente: POLG, 2011)
También, como diferencia radical respecto de otros planes urbanísticos, este plan no se presenta como un documento hecho y acabado, sino que se propone como una herramienta de conocimiento a seguir desarrollando, y por tanto, como un dispositivo a seguir utilizando. El plan facilita una exhaustiva y atractiva cartografía ecosistémica para reconocer el medio, para que sean tenidas en cuenta realidades aparentemente externas a éste (por ejemplo, los corredores biológicos que atraviesan los términos municipales sin atenerse a sus límites administrativos) (Jaque, 2013).
Asimismo, durante las distintas fases de su desarrollo se ha ofrecido una información pública amplia y continuada, en la que además de las diferentes administraciones se ha podido involucrar a la población habitante y los sectores productivos junto con técnicos, profesionales y académicos redactores.
Dentro de las propuestas que se plantean en muy diversos ámbitos, el plan propone realizar a modo de ejemplos pedagógicos y catalizadores actuaciones concretas siguiendo los criterios del plan. Forman parte de las estrategias integrales de protección de la costa que se aportan también de manera singular. Esto, le da al plan -frente al que carecen otros-, un grado de realidad y acercamiento al lugar ejemplar (Borobio y García, 2013).
Bibliografía
BOROBIO, Manuel; GARCÍA, Miriam (2013). La gestión integrada del litoral. El Plan de Ordenación del Litoral de Galicia (POL). Urban-e 004. 2013. Dto. Urbanística y Ordenación del Territorio. ETSA UPM:. Consulta 09/06/14: http://urban-e.aq.upm.es/articulos/ver/la-gesti-n-integrada-del-litoral-el-plan-de-ordenaci-n-del-litoral-de-galicia-pol-
GEDDES, Patrick (1915). Ciudades en evolución. En FARIÑA, José (2011). Recuperando a Patrick Geddes. El Blog de José Fariña. 23 de octubre de 2011.
Consulta: 9/07/2014. http://elblogdefarina.blogspot.com.es/2011_10_01_archive.html
JAQUE, Andrés (2013). Hablemos de la costa. Kiosco y Más. Babelia, El País. 19-11-2013.
Referencias legislativas
CONSEJERÍA DE PESCA, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE (2013). Plan de Protección Corredor Litoral de Andalucía.. Junta de Andalucía. Sevilla. Consulta: 17/06/2014.
http://www.juntadeandalucia.es/servicios/planes/detalle/34949.html
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE (2013). Ley de Costas (2013): Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. Consulta: 17/06/2013. BOE núm.129, de 30 de mayo de 2013. Consulta: 17/06/2014.
Haz clic para acceder a BOE-A-2013-5670.pdf
- Convenio Europeo del Paisaje (2000), firmado por España en 2008. BOE núm. 31, de 5 de febrero de 2008, páginas 6259 a 6263. ODG NÚM. 37 23 DE FEBRERO DE 2011.
Consulta: 17/06/2014. http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-1899
CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS (2011). Plan de Ordenación del Litoral de Galicia. Consulta: 17/06/2014. http://www.xunta.es/dog/Publicados/2011/20110223/Anuncio8142_es.html
Fuentes de datos
INE (2013): Censo de población del Instituto Nacional de Estadística 2011.
http://www.ine.es/ Consulta 20/082013.
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